Entidades Financieras Colaboradoras

 


El Real Decreto 939/2005, de 29 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación establece que los ingresos de la gestión recaudatoria en período voluntario y período ejecutivo podrán realizarse en las entidades de crédito que presten el servicio de caja y en la entidades colaboradoras en la recaudación.

 

  
   
   
   
   
   
   
   
    
   
   
   
 

Recaudación cuaderno 65

 

 

 

 

 

 

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