A través de la confección on line podrá generar un modelo 650 con un número de documento válido para el pago. Para presentar el impuesto a través de una autoliquidación, será necesario que todos los interesados en la sucesión (herederos, legatarios o beneficiarios de seguros de vida) presten su conformidad a la relación y valoración de bienes incluidos en la herencia, a la relación de sucesores así como a la opción de presentar el impuesto por el régimen de autoliquidación. Dicha conformidad quedará recogida en la escritura de aceptación y adjudicación de herencia o, en defecto de ésta, en el modelo de declaración "relación de bienes e interesados en la sucesión" (Modelo 660 - disponible a continuación). Los importes que se ingresen por autoliquidaciones que no reúnan estos requisitos tendrán el carácter de mero ingreso a cuenta (y no dará lugar a que se emita por la oficina competente para la gestión del impuesto diligencia de presentación y pago del impuesto). En los siguientes enlaces tendrá acceso a modelos y a información de interés. IMPORTANTE.- Ni la generación del modelo 650, a través de la confección on line, ni su pago, suponen la presentación del impuesto. En caso de que quiera utilizar el modelo generado para realizar la presentación consulte el documento "Información de interés". |