A través de la confección on line podrá generar un modelo 650 con un número de documento válido para el pago. Para presentar el impuesto a través de una autoliquidación, será necesario que todos los interesados en la sucesión (herederos, legatarios o beneficiarios de seguros de vida) presten su conformidad a la relación y valoración de bienes incluidos en la herencia, a la relación de sucesores así como a la opción de presentar el impuesto por el régimen de autoliquidación. Dicha conformidad quedará recogida en la escritura de aceptación y adjudicación de herencia o, en defecto de ésta, en el modelo de declaración "relación de bienes e interesados en la sucesión" (Modelo 660 - disponible a continuación). Los importes que se ingresen por autoliquidaciones que no reúnan estos requisitos tendrán el carácter de mero ingreso a cuenta (y no dará lugar a que se emita por la oficina competente para la gestión del impuesto diligencia de presentación y pago del impuesto). En los siguientes enlaces tendrá acceso a modelos y a información de interés. IMPORTANTE.- El siguiente modelo de confección online de la Autoliquidación de Sucesiones no contempla las medidas anunciadas en el Decreto-Ley 1/2025, de 23 de enero de medidas fiscales urgentes en materia tributaria. Estamos trabajando en su adaptación. De momento, si usted está inscrito en el Registro Autonómico de Personas con Especial Vinculación y puede acogerse a los grupos I y II de parentesto, por favor, comuníquelo a la hora de presentar la autoliquidación en la oficina competente. |