Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

  


(NOVEDAD) La Ley 2/2026, de 3 de agosto, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su disposición final segunda, punto uno, modifica la escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para los hechos imponibles que se devenguen a partir del día 1 de enero de 2026, según la siguiente tabla:

BASE LIQUIDABLE
(hasta euros)
CUOTA ÍNTEGRA
(euros)
RESTO BASE LIQUIDABLE
(hasta euros)
TIPO APLICABLE
(porcentaje)
0,00 0,0012.450,00  7,75
12.450,00    964,88  7.750,00  9,75
20.200,00 1.720,50  4.000,0016,00
24.200,00 2.360,5011.000,0017,50
35.200,00 4.285,5024.800,0021,00
60.000,00 9.493,5020.200,0023,50
80.200,0014.240,5019.000,0024,00
99.200,0018.800,5021.000,0024,50
120.200,0023.945,50En adelante25,00

La normativa tributaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece una serie de deducciones autonómicas aplicables al IRPF. Para el ejercicio 2026 (a declarar en el 2027) las deducciones aplicables son las que se señalan a continuación:

APLICABLES AL EJERCICIO 2026 (PARA LA DECLARACIÓN DEL 2027):

  • Deducción autonómica por trabajo dependiente.
  • Deducción autonómica por parto o adopción múltiple.
  • Deducción en la cuota íntegra autonómica por nacimiento o adpción de descendientes
  • Deducción autonómica por acogimiento de menores.
  • Deducción autonómica por cuidado de familiares con discapacitad.
  • Deducción autonómica por cuidado de hijos menores de hasta 14 años inclusive.
  • Deducción autonómica para los contribuyentes viudos.
  • Deducción autonómica por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual para jóvenes y para víctimas del terrorismo.
  • Deducción autonómica para arrendamiento de la vivienda habitual.
  • Deducción autonómica para arrendadores de viviendas vacías.
  • Deducción autonómica por inversiones en la rehabilitación de viviendas en zonas rurales para ser destinadas a su alquiler.
  • Deducción autonómica por la compra de material escolar.
  • Deducción autonómica por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en las sociedades.
  • Deducción autonómica por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas rurales.
  • Deducción autonómica por residir habitualmente en municipios y entidades locales menores de Extremadura con población inferior a 3.000 habitantes.
  • Deducción autonómica por intereses de financiación ajena para la inversión en vivienda habitual para jóvenes.
  • Deducción en la cuota íntegra autonómica por donaciones de dinero a entidades culturales, artísticas y para patrocinio a deportistas.
  • Deducción autonómica para contribuyentes que trasladen su residencia habitual a Extremadura.
  • Deducción por la obtención de ayudas o subvenciones otorgadas por la Comunidad Autónoma de Extremadura a las personas con enfermedad de Esclerosis Lateral Amiotrófica.
  • Deducción destinada a los enfermos de Esclerosis Lateral Amiotrófica y sus familiares.
  • Deducción en la cuota íntegra autonómica por gastos veterinarios
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BENEFICIOS FISCALES 2026 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

 

 

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